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¿Otorgará la DGII otra prórroga para la facturación electrónica antes de finalizar 2026?
1. Definición del evento
Este mercado se resuelve en función de si la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anuncia oficialmente una nueva prórroga para la implementación obligatoria de la factura electrónica en República Dominicana.
2. Contexto actual
Al momento de la creación de este mercado:
La fecha límite original era el 15 de mayo de 2026.
La DGII concedió una prórroga general excepcional de seis meses.
La nueva fecha límite vigente es el 15 de noviembre de 2026.
La extensión aplica automáticamente a los contribuyentes pequeños, micro y no clasificados.
La Ley 32-23 contempla sanciones para quienes incumplan la obligación una vez vencido el plazo.
Este mercado busca determinar si la DGII concederá una nueva extensión adicional al plazo actualmente vigente.
3. Qué se considera válido
Se considerará como resultado "Sí" únicamente si ocurre alguno de los siguientes:
La DGII extiende oficialmente la fecha límite del 15 de noviembre de 2026.
La DGII concede un nuevo período de gracia general.
Se emite una norma, resolución o disposición oficial que posponga nuevamente la entrada obligatoria para alguno de los grupos actualmente beneficiados por la prórroga.
4. Qué NO se considera válido
No se considerará como resultado del evento:
Comunicaciones informativas.
Recordatorios de cumplimiento.
Capacitaciones o incentivos.
Facilidades tecnológicas sin modificación de fechas.
Prórrogas individuales otorgadas a empresas específicas.
Rumores o propuestas no oficializadas.
5. Fuente de verificación
La única fuente válida será:
👉 Dirección General de Impuestos Internos
También serán válidos:
Comunicados oficiales.
Resoluciones.
Normas generales.
Publicaciones institucionales de la DGII.
6. Período del evento
👉 Desde la creación del mercado hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 11:59 PM.
7. Fecha de cierre del mercado
👉 31 de octubre de 2026 a las 11:59 PM
A partir de esta fecha no se aceptarán nuevas posiciones.
8. Resolución del mercado
La plataforma dispondrá de hasta 60 días calendario después de finalizar el período del evento para validar la documentación oficial y resolver el mercado.
La resolución podrá realizarse antes si existe evidencia oficial suficiente.
9. Casos especiales
Prórroga parcial:
Contará como resultado "Sí" si la nueva extensión aplica a cualquiera de los grupos actualmente beneficiados por la prórroga vigente.
Nueva fecha límite:
Bastará con que la DGII anuncie una fecha posterior al 15 de noviembre de 2026 para resolver el mercado como "Sí".
Cambios legislativos o regulatorios:
También contará si una ley, decreto, resolución o disposición oficial produce el mismo efecto práctico de aplazar la obligación.
10. Decisión final
La resolución se basará exclusivamente en documentación oficial emitida por la DGII o en disposiciones legales vigentes relacionadas con la facturación electrónica.
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